Cómo afecta la reforma a los inquilinos
La reforma fiscal de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas tiene como mayor consecuencia el fin de la deducción en el IRPF por alquiler de vivienda para aquellos inquilinos cuyos contratos se firmen a partir del 1 de enero de 2015.
Los contratos realizados con anterioridad a esa fecha no se verán afectados por esta medida. Así, esos contribuyentes podrán deducirse el 10,05% del alquiler, establecido el 1 de enero de 2008, si su base imponible es inferior a 24.107,20 €/año, hasta un máximo de 9.040 €/año, sea cual sea su edad. Una deducción a nivel estatal, compatible con la desgravación que ofrecen casi todas las Comunidades Autónomas.
Cómo afecta la reforma a los propietarios
A partir del 1 de enero de 2015, los propietarios cuyos inquilinos tengan más de 30 años verán reducida la cantidad exenta en el IRPF por arrendamiento de vivienda del 60% al 50%. Si el arrendatario es menor de 30 años, la reducción pasará del 100% a la mitad, al eliminarse la diferenciación por edad en la deducción y empezar a aplicarse el 50% de cantidad exenta en el IRPF de manera general.
Otras medidas de la reforma que afectan a la vivienda
Dentro de la reforma fiscal, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha decidido que la ganancia patrimonial por la dación en pago de la vivienda habitual quede eximida del IRPF; esta medida reforma la ley de 2013 por la que sólo aquellos que se situasen en el “umbral de exclusión” quedaban libres de tributar.
También estará exenta la plusvalía municipal cuando el importe obtenido de la transmisión se reinvierta en la compra de una nueva vivienda de primer uso.
Por su parte, aquellos que compraron vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 seguirán disfrutando de la deducción correspondiente, que no se imputará como renta. Las segundas y sucesivas residencias, tampoco verán incrementada su carga fiscal.